Custodia de un hijo a favor del padre
Art. 90.3 Código Civil:3. Las medidas que el juez adopte en defecto de acuerdo o las convenidas por los cónyuges judicialmente, podrán ser modificadas judicialmente o por nuevo convenio aprobado por el juez, cuando así lo aconsejen las nuevas necesidades de los hijos o el cambio de las circunstancias de los cónyugesTras la intervención profesional del equipo de DOYCA Estudio Legal logramos que el Juzgado de Familia revertiera la situación familiar de un padre que, hasta esa fecha, no podía ver a su hija pequeña, como consecuencia de las medidas paternofiliales acordadas inicialmente en virtud de sentencia judicial.Nuestro equipo de abogados interpuso la correspondiente demanda de modificación de medidas ante el Juzgado de Familia, alegando la injusticia que se estaba cometiendo con nuestro cliente que siempre había demostrado ser un…
