
Juan Carvajo
Socio – DOYCA Estudio Legal
Para entender la importancia y la trascendencia que tiene hoy en día el tratamiento de los datos personales, debemos tener muy presente que todos estos datos de carácter personal cuentan con la protección del Título I de la Constitución Española, en el que se encuentran recogidos los derechos y deberes fundamentales, que son aquellos que pertenecen a todas las personas en razón a su dignidad. En su artículo 18.4, nuestra Carta Magna establece que “La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.”
También este derecho a la protección de datos ha sido regulado de manera específica por la Unión Europea. Primeramente en su Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos; y con posterioridad, con la promulgación del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, que deroga la anteriormente expuesta, y que cuenta con un total de ciento setenta y tres considerandos que motivan la necesidad de esta regulación.
Respecto del ordenamiento jurídico interno de nuestro país, contamos con la promulgación de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
En aplicación de la meritada normativa estatal y europea, ha nacido numerosa jurisprudencia que ha versado sobre la protección de datos y los derechos derivados de la prestación de consentimiento por parte de las personas físicas al tratamiento de sus datos personales por parte de terceros. En esta jurisprudencia se hace especial hincapié en que debe ser la persona que presta su consentimiento la que establezca de manera expresa los límites sobre el tráfico de sus datos que pudiera darse con posterioridad a su consentimiento por parte del responsable o encargado de tratamiento de los mismos.
Una vez establecidos dichos límites por la persona que presta su consentimiento al tratamiento de datos por parte de terceras personas (ya sean físicas o jurídicas), es cuando entra en juego la normativa aplicable en materia de protección de datos, con la única finalidad de salvaguardar los derechos de estas personas. Igualmente en este punto es cuando aparece la necesidad del responsable del tratamiento para el cumplimiento de toda la normativa existente al respecto.
La clave en la aplicación de la normativa en materia de protección de datos es el principio de transparencia. Este principio tiene que ser rigurosamente tenido en cuenta por quien va a custodiar los datos personales facilitados por terceros. Esto es, aquel que facilita sus propios datos debe tener la oportunidad de saber en todo momento (y así ha de ser informado puntualmente por el responsable del tratamiento sus datos) el fin exacto para el que estos van ser utilizados, no pudiendo el responsable de los datos utilizar estos para otro fin alternativo para el que el propietario no haya prestado su consentimiento expreso. Esto queda regulado en el artículo 5 del Reglamento (UE) 2016/679, que recoge que “Los datos personales serán tratados de manera lícita, leal y transparente en relación con el interesado (licitud, lealtad y transparencia); recogidos con fines determinados, explícitos y legítimos, y no serán tratados ulteriormente de manera incompatible con dichos fines.”
Estos tres conceptos fundamentales son los que hay que tener en cuenta para aplicar de manera correcta y eficiente una política de protección de datos en cualquier pequeña o mediana empresa: LICITUD, LEALTAD Y TRANSPARENCIA.
Respecto de la protección de datos se han escrito ríos de tinta sobre la posibilidad real de aplicar de manera correcta y definitiva la regulación existente, y todos los expertos apuntan a estos tres conceptos para garantizar una correcta aplicación de dicha normativa: LICITUD respecto del destino de los datos facilitados por su propietario; LEALTAD del responsable del tratamiento de datos para con el propietario de los mismos; y TRANSPARENCIA en todo momento sobre el derecho del propietario de los datos a revocar cualquier consentimiento otorgado de manera expresa en un momento anterior.
Para cualquier duda relacionada con la aplicación de la normativa de protección de datos, no dudes en ponerte en contacto con el equipo de DOYCA Estudio Legal.
