El contador-partidor en una herencia: funciones y ventajas

DOYCA Estudio Legal

 

El derecho sucesorio es la rama jurídica encargada de regular todo lo concerniente al reparto de una herencia, tras producirse el fallecimiento de una persona (conocido como “causante” en la terminología jurídica).

Nuestro ordenamiento contempla la posibilidad de designar una persona para que realice las operaciones y cálculos necesarios para repartir una herencia. Esta persona se conoce como contador-partidor, y su figura viene definida en el artículo 1.057 del Código Civil cuando dice:

“El testador podrá encomendar por acto «inter vivos» o «mortis causa» para después de su muerte la simple facultad de hacer la partición a cualquier persona que no sea uno de los coherederos”.

La principal función por tanto del contador-partidor es la de repartir los bienes del fallecido, atendiendo a su voluntad (en caso de que exista testamento) y, en todo caso, siguiendo las normas sucesorias establecidas en el Código Civil y demás leyes aplicables.

No obstante a lo anterior, el contador-partidor no actúa siempre y en todos los casos en los que se produce el reparto de una herencia sino que, para que pueda intervenir en este proceso por el que finalmente los bienes que serán adjudicados a sus respectivos beneficiarios, es necesario que el testador lo recoja expresamente a la hora de otorgar testamento (tal y como hemos visto anteriormente) o, en su defecto, que se designe tras haberlo solicitado los herederos y legatarios de la herencia que representen, al menos, el 50% del haber hereditario (artículo 1.057 del Código Civil).

A pesar de que la intervención del contador-partidor no es obligatoria por ley sí que resulta especialmente útil y recomendable contar con el asesoramiento especializado de un contador-partidor, ya que ello facilita notablemente todo el proceso que se origina en el momento de repartir una herencia y, particularmente, evita numerosos conflictos entre los herederos para el caso de existir discrepancias en el reparto y adjudicación de los bienes.

Para más información sobre la figura del contador–partidor  y sus ventajas a la hora de repartir una herencia no dudes en consultar a nuestro equipo de DOYCA Estudio Legal, contactando con nosotros a través de nuestra web www.doycalegal.es o a través de nuestra dirección de correo electrónico info@doycalegal.es