El divorcio ante notario

Jesús Domínguez Gómez

Abogado

Socio de DOYCA Estudio Legal

 

El número de separaciones y divorcios en España va en aumento cada año. Según datos del INE, el número de rupturas matrimoniales durante el pasado año 2022 aumentó un 13,2% con respecto al año 2021 anterior, alcanzando la cifra 90.582 rupturas (entre nulidades, separaciones y divorcios).

Estos procesos de ruptura matrimonial suelen acabar en la vía judicial, a través de un procedimiento seguido ante los Juzgados de Primera Instancia (Familia), el cual, y tras una serie de hitos procesales recogidos en la ley (comparecencias, juicios, práctica de pruebas, etc.), finaliza mediante sentencia, en virtud de la cual se acuerda la extinción del vínculo matrimonial.  Según el mismo índice de estadísticas, el tiempo medio de duración en España de tales procedimientos judiciales de divorcio es de entre seis meses y un año, como mínimo.

Sin embargo, lo que quizás muchos ciudadanos no saben aún es que existe un método alternativo para divorciarse, mucho más rápido, económico y sencillo (si bien sólo en algunos casos, tal y como expondremos a continuación), cual es el divorcio de mutuo acuerdo ante notario.

La Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria (que ha conllevado, entre otras, las consiguientes reformas del Código Civil, Ley del Notariado y Ley del Registro Civil) ha permitido no sólo la posibilidad de contraer matrimonio ante notario, sino también la posibilidad de divorciarse ante el mismo fedatario público (artículo 82 del Código Civil y artículo 52 de la Ley del Notariado), y sin necesidad de tener que acudir a los juzgados para iniciar un tedioso procedimiento judicial que, en muchas ocasiones, suele demorarse más de lo deseado y acarrear más preocupaciones de las necesarias.

Con ello, los cónyuges pueden ahorrarse, en primer lugar, los costes que supondría comparecer a través de procurador en el Juzgado (es obligatorio en los procedimientos judiciales de familia), así como que tengan que transcurrir varios meses (e incluso años) hasta que se obtenga un pronunciamiento judicial que declare el divorcio entre la pareja. Imaginemos las ventajas que hubiera supuesto esta vía alternativa, por ejemplo, para aquellas parejas que recientemente han visto estancados sus procedimientos judiciales de divorcio en los Juzgados por la huelga que actualmente mantienen los Letrados de la Administración de Justicia.

¿Cómo poder divorciarse pues ante notario y acogerse a tales ventajas? Lo primero que ha de saber el matrimonio interesado es que no siempre y en todo caso es posible acudir a esta vía alternativa. Para poder obtener un divorcio ante notario se tendrá que cumplir como mínimo con los siguientes requisitos:

  • Que ambos cónyuges estén de acuerdo en divorciarse (mutuo acuerdo).
  • Que hayan transcurrido al menos 3 meses desde que la pareja contrajo matrimonio.
  • Que el matrimonio no tenga hijos menores no emancipados, ni hijos con la capacidad modificada judicialmente.
  • Acudir representados por un abogado y otorgar escritura pública ante el notario.
  • Contar con un convenio regulador (normalmente será elaborado por el abogado que represente a la pareja), en el que deberán figurar las medidas por las que se van a regir los cónyuges en el ámbito familiar.

 

Cumplidos estos requisitos, ambos cónyuges deberán acudir a una notaría sita en el lugar donde hayan tenido su último domicilio en común o del domicilio o residencia habitual de cualquiera de los cónyuges para llevar a cabo los trámites que, en su caso, también comprenderán la liquidación de la sociedad de gananciales (si fuese éste el régimen económico matrimonial que ostenta el matrimonio). El divorcio tendrá plenos efectos desde el mismo otorgamiento de la escritura pública ante el notario, si bien, producirá efectos ante terceros desde su inscripción en el Registro Civil.

Si estás interesado en conocer otros aspectos acerca del divorcio ante notario, no dudes en consultar a nuestro equipo de DOYCA Estudio Legal, contactando con nosotros a través de nuestra web www.doycalegal.es o a través de nuestra dirección de correo electrónico info@doycalegal.es